El DNU del Barril Criollo espera la firma de Fernández
La norma ya está redactada desde el viernes. Se espera su publicación en el Boletín Oficial de un momento a otro. Confirma un precio de USD 45 para el petróleo nacional hasta diciembre. Obliga a cumplir inversiones y baja a 0 las retenciones.
Sin éxito en el plan que Matías Kulfas esperaba, el Gobierno nacional debió recurrir a un DNU para fijar nuevas reglas de juego en el mercado petrolero, cuyo éxito para sostener la producción y el empleo es incierto.
Desde marzo se viene discutiendo fijar un precio sostén. Lo pidieron las operadoras y las provincias en primer lugar. Las primeras para mantener rentabilidad y las segundas sus cuentas fiscales. La idea del ministro Matías Kulfas era que saliera por consenso de partes, afirmando que era una negociación entre privados.
Para algunos el barril criollo llega “tarde”
El lado B del precio sostén para el petróleo
Pero el tiempo pasó, el crudo se derrumbó y tocó pisos inimaginables. La demanda de combustible cayó estrepitosamente por la cuarentena. En ese contexto, la ondanada de suspensiones fue inevitable y el temor de una catástrofe económica circuló en toda la cadena. De esta forma al Gobierno nacional no le quedó otra más que cristalizar por decreto lo que pretendía que saliera por consenso.
La situación del sector es dispar. Para algunos fijar un barril criollo a USD 45 es un alivio, para otros un manotazo de ahogado. Pero la realidad es que, por tercera vez la Argentina se separa del mercado internacional.
La norma, que aún no se publica, y que fue difundida por La Opinión Zona Norte, trae catorce artículos.
En su primer artículo fija en USD 45 el precio del barril, ajustado por calidad, según el tipo de crudo facturado. Esto quiere decir que para el caso de Santa Cruz se aplicará el desagio, tal como se hace con el precio del barril de Brent.
Para Santa Cruz implicará un barril en torno a los USD 40
Se determina una cláusula de suspensión. Si durante 10 días el barril del Mar del Norte cotiza en los mercados por encima del precio sostén, la aplicación de este último quedará suspendida y se volverá a la cotización internacional, nuevamente. Por estas horas el barril de Brent se comercializa a USD 30,20 y bajando.
Para el desánimo de las provincias, la aplicación del barril criollo no es retroactiva. Sino que aplica a partir de la publicación del decreto. Lo que implica que la liquidación de regalías que se hará esta semana, será sobre el promedio internacional que rondó los 23 dólares (ya con el desagio) para el barril santacruceño.
Condiciones
En los fundamentos del decreto se recuerda que el sector “requiere de inversiones a largo plazo y una previsibilidad de precios” que el Gobierno busca despejar con el DNU.
Resalta que el objetivo es realizar una distribución “equitativa de los costos y beneficios” a lo largo de toda la cadena productiva.
También se fijan condiciones para las empresas. En el caso de las productoras “deberán sostener los niveles de actividad y/o producción registrados durante el año 2019”.
“Las empresas productoras deberán aplicar idéntico criterio al sostenimiento de los contratos vigentes con las empresas de servicios regionales y al mantenimiento de las fuentes de trabajo” se señala en el artículo 2 del decreto. Será menester del Ministerio de Trabajo velar por el cumplimiento de ello.
Energía controlará que se hagan las inversiones planificadas
Igualmente se reclamará que cumplan el “Plan Anual de Inversiones” cuyo control quedará a cargo de la Secretaría de Energía de la Nación.
EL DNU exige a las refinadoras la adquisición del total de la demanda de petróleo crudo a las empresas productoras locales. Y para garantizarlo, se prohíbe la importación de crudo mientras esté en vigencia el DNU.
Los valores y condiciones fijados en el DNU serán revisados trimestralmente hasta el final de su vigencia. Y podrán ser modificados en base al volumen de producción y niveles de actividad e inversión.
Para mantener “congelados” los combustibles, se postergará la actualización de impuestos que se aplica sobre los combustibles hasta el 1 de octubre de este año.
Retenciones
Un pedido de las operadoras que exportan el crudo pesado, que no se consume en Argentina era la baja de las retenciones. Las provincias apoyaban ese pedido porque el gravamen del 12% igualmente era tomado como guía para la fijación de los precios internos y por ende afectaba las regalías.
El artículo 7° se refiere al esquema de retenciones a la exportación de crudo. Fija como valor base el barril a USD 45. Y como valor de referencia el barril a USD 60 .
Mientras el barril sea igual o inferior al valor base, la alícuota de las retenciones será 0%. Si supera el valor de referencia, pasará a tributarse el 8%.
Y mientras esté entre ambos, se aplicará una fórmula especial que contempla ambas puntas.