Provincias y CABA adeudan casi $100.000 millones a empresas por Ingresos Brutos retenidos en exceso
Un relevamiento de la Unión Industrial Argentina advierte que las provincias y la Ciudad de Buenos Aires retuvieron indebidamente $98.579 millones del impuesto a los Ingresos Brutos mediante regímenes bancarios que se aplican incluso en jurisdicciones donde las empresas no operan.
Un sistema que amplifica la carga tributaria
De acuerdo con un informe de la Unión Industrial Argentina (UIA), las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) adeudan a un conjunto de empresas $98.579 millones por Impuesto a los Ingresos Brutos retenido de más a través de sistemas de recaudación aplicados en cuentas bancarias. El dato corresponde a saldos acumulados hasta el 31 de marzo y podría ser aún mayor con el avance del año.
Según el relevamiento, más de la mitad del monto retenido se genera en provincias donde las empresas no tienen actividad, lo que agrava el impacto financiero y administrativo. El estudio abarcó 137 firmas de distintos sectores y se realiza por quinto año consecutivo.
El documento señala que Ingresos Brutos continúa siendo “uno de los tributos más distorsivos del sistema fiscal argentino”, por su efecto en cascada sobre toda la cadena de valor y su impacto en la competitividad industrial. Los saldos retenidos equivalen a un promedio de $719 millones por empresa, con un incremento nominal de 86% interanual, por encima de la inflación.
Retenciones sin límites territoriales
La UIA remarcó que el 54% de los saldos a favor se acumula en jurisdicciones donde las compañías no poseen establecimientos. Esto se explica por la práctica de algunas provincias de retener impuestos sobre empresas no radicadas, extendiendo la aplicación más allá de sus fronteras y generando un “arancel interno” entre territorios.
El informe ejemplifica que una empresa que produce en la provincia A pero vende en B, C y D debería tributar solo donde produce. Sin embargo, las provincias donde comercializa también retienen el tributo. La complejidad aumenta cuando intervienen tarjetas de crédito emitidas en una quinta jurisdicción, que vuelven a detonar retenciones por el consumo final.
Cómo opera el sistema de recaudación
El esquema se administra desde la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (COMARB), organismo encargado de coordinar la compensación entre jurisdicciones y gestionar regímenes como SIRCAR (agentes de retención), SIRCREB (acreditaciones bancarias) y el sistema de tarjetas de crédito.
Para la UIA, este mecanismo “genera saldos a favor de difícil recuperación” y eleva de manera significativa la carga administrativa, ya que las empresas deben inscribirse en cada provincia donde posean clientes y presentar documentación específica para cada régimen.
Aunque la alícuota legal para la actividad industrial suele ubicarse entre 1% y 2%, la entidad señala que la aplicación de retenciones, percepciones y pagos a cuenta eleva la alícuota efectiva a un nivel 80% superior, encareciendo costos operativos y reduciendo la rentabilidad.
El debate por la reforma tributaria
El peso de Ingresos Brutos, que representa entre 70% y 80% de los recursos propios de las provincias, dificulta cualquier intento de eliminación inmediata, pese al consenso sobre su efecto negativo en la producción y el comercio. Una eventual reforma debería implicar un nuevo pacto fiscal, similar al de 2017, con un cronograma gradual de reducción.
El Gobierno nacional plantea que deberían derogarse tributos que encarecen los costos productivos, entre ellos Ingresos Brutos, siempre que se establezcan mecanismos alternativos de recaudación, como un IVA provincial o un impuesto a la última venta, para evitar el efecto cascada.
Propuestas de la industria
Para disminuir el impacto distorsivo del sistema actual, la UIA propone:
- Eliminación de regímenes de retención y percepción entre agentes.
- Adecuación de alícuotas de retención, evitando que superen las de las actividades gravadas.
- Actualización permanente de padrones y agentes de recaudación.
- Automatización de certificados de exclusión y de procesos de devolución y transferencia de saldos a favor.
- Cómputo de percepciones y retenciones en el mismo mes en que se aplican.
- Aplicación del criterio de sustento territorial, para impedir acumulación de saldos en provincias donde no se opera.
- Devolución de saldos indebidos sin límite temporal.
- Compensación de saldos a favor con obligaciones propias de los agentes de recaudación.
