Subsidios energéticos: comenzó el nuevo esquema focalizado y se elimina la segmentación N1, N2 y N3
El Gobierno nacional puso en marcha el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), que reemplaza el sistema de segmentación por niveles de ingresos y redefine quiénes acceden a la ayuda estatal.
El cambio impacta en hogares con ingresos superiores a $3.771.987, que dejarán de recibir subsidios.
El nuevo esquema unifica los subsidios para energía eléctrica, gas natural, gas propano indiluido por redes y gas licuado de petróleo (GLP) en garrafas de diez kilos, y marca el fin del período de transición iniciado en 2024.
La medida busca trasladar de manera progresiva los costos reales de la energía a los usuarios y reducir el gasto público, que en 2023 representó el 1,42% del PIB en subsidios energéticos, en línea con los compromisos asumidos ante el Fondo Monetario Internacional (FMI).
Un único criterio de acceso al subsidio
El sistema elimina definitivamente la clasificación de usuarios en N1, N2 y N3 y establece una única categoría de beneficiarios.
Para acceder al subsidio, el grupo familiar deberá acreditar ingresos netos iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un “Hogar 2”, según los valores publicados por el INDEC.
Con la CBT correspondiente a noviembre de 2025, los hogares con ingresos superiores a $3.771.987 quedarán excluidos de cualquier tipo de asistencia estatal en materia energética.
Excepciones y evaluaciones especiales
El nuevo régimen mantiene el beneficio para hogares con integrantes que posean el Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP) o sean beneficiarios de la Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
En los casos de hogares con integrantes que cuenten con Certificado Único de Discapacidad (CUD), la Secretaría de Energía realizará una evaluación específica, a fin de determinar si la condición implica una necesidad concreta de asistencia económica para el pago de los servicios.

Marco legal y autoridad de aplicación
La implementación del esquema fue dispuesta mediante el Decreto 943/2025, publicado en el Boletín Oficial.
La norma establece que la Secretaría de Energía será la autoridad de aplicación del régimen SEF y la faculta a dictar las normas complementarias necesarias. Además, instruye a los entes reguladores ENRE y ENARGAS a aplicar los nuevos criterios en la elaboración de los cuadros tarifarios.
Registro de beneficiarios y actualización de datos
Para la gestión del sistema se crea el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF), que se conformará a partir de la base de datos del anterior Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE).
Los usuarios ya inscriptos en el RASE no deberán volver a anotarse, aunque podrán actualizar información vinculada a ingresos, grupo conviviente o tipo de suministro.
La actualización podrá realizarse de manera digital a través de Mi Argentina, mientras que quienes no cuenten con acceso tecnológico podrán inscribirse de forma presencial en oficinas de ANSES.
En caso de exclusiones consideradas erróneas, se habilita la instancia de revisión mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD). La Secretaría de Energía podrá rechazar solicitudes si detecta capacidad patrimonial superior a los límites establecidos.
Topes de consumo y facturación a precio pleno
El sistema fija bloques de consumo base sobre los cuales se aplican las bonificaciones.
En energía eléctrica, el tope subsidiado será de 300 kWh mensuales en enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre. En marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre, el bloque se reduce a 150 kWh.
La autoridad de aplicación podrá establecer consumos diferenciales para provincias con climas más cálidos o condiciones bioambientales particulares.
En gas natural y propano por redes, se mantienen los volúmenes estacionales vigentes según la región y subzona tarifaria. Todo consumo que supere los bloques base se facturará a precio pleno, sin bonificación estatal.
Descuentos y bonificaciones vigentes
Los hogares incluidos en el SEF recibirán una bonificación general del 50% sobre el precio de la electricidad dentro del bloque base durante todo el año.
Para el gas natural y propano, la bonificación del 50% se aplicará únicamente entre abril y septiembre. Durante el resto del año, la bonificación será del 0%.
En 2026 se suma una bonificación extraordinaria transitoria de hasta el 25%, que comenzará en enero y se reducirá de manera mensual hasta desaparecer en diciembre.
En el caso del gas, las bonificaciones se aplicarán sobre un Precio Anual Uniforme (PAU), basado en el costo de abastecimiento del Plan Gas.Ar, para evitar saltos estacionales en las tarifas.
Fin de la Tarifa Social y migración del Programa Hogar
El decreto deroga la Tarifa Social Federal de Gas y unifica los criterios de asistencia.
Además, otorga un plazo de seis meses para la migración de los beneficiarios del Programa HOGAR al régimen SEF. Una vez concluido ese proceso, el subsidio para garrafas de GLP se regirá por las mismas reglas de ingresos y patrimonio que el resto de los servicios.
Las Entidades de Bien Público y Clubes de Barrio mantendrán las bonificaciones sobre el total de su consumo, sin la aplicación de los topes fijados para usuarios residenciales.
