Fondo Soja: La Corte convocó a Provincia y a Nación a una audiencia de conciliación

Santa Cruz fue una de las primeras en ir a la Corte Suprema de Justicia por el DNU que derogó el Fondo Soja. Pidió su inconstitucionalidad. Lo propio hicieron otras cinco provincias. Ahora habrá una audiencia de conciliación entre los distritos y el Estado nacional. Será en junio.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación sacó un fallo, este martes, que podría ser determinante. Definió su competencia originaria para entender en la demanda que presentó Santa Cruz. A las que sumó las realizadas por Formosa, Chubut, Tierra del Fuego, Catamarca y Santiago del Estero. Todas plantean la inconstitucionalidad del DNU que derogó la vigencia del Fondo Federal Solidario (Soja).

En ese marco fijó para los días 26 y 27 de junio próximo, a las 11 horas, una audiencia de conciliación. Será en los términos del punto 2, apartado II de la Acordada 30/07 del Máximo Tribunal.

En su resolución, la Corte señala que “comparte los argumentos y la conclusión de los dictámenes emitidos por la procuradora fiscal” en el expediente, reconoce la competencia originaria del máximo Tribunal para entender en el tema y convoca a las audiencias públicas que se realizarán en junio.

La resolución tiene la firma de los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Luis Lorenzetti, Carlos Fernando Rosenkratz y Horacio Rosatti.

La demanda

Santa Cruz, al igual que el resto de las provincias, planteó en su recurso de amparo la inconstitucionalidad del DNU 756/2018, por el cual se derogó el Fondo Federal Solidario, apuntando al perjuicio económico que esto trajo aparejado al erario santacruceño.

En el escrito de 64 páginas presentado el 21 de agosto del año pasado, firmado por el fiscal de Estado, Fernando Tanarro y con el patrocinio letrado de Graciana Peñafort, se apunta a la “arbitrariedad e ilegalidad manifiesta” al dictar el decreto y se pide la nulidad de la norma por “vicios que impiden su subsistencia”.

En los antecedentes se recuerda que el Fondo Federal Solidario se creó por Decreto 206/2009, también bajo un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el que fuera aprobado por Resolución 167/2009 del Congreso de la Nación, otorgándosele el status de ley.

Respecto del nuevo DNU (756/2018) que deroga el anterior, en la presentación se plantea que el mismo “es nulo de nulidad absoluta y manifiesta a tenor del Art. 14 de la Ley de Procedimiento Administrativo 19.459”, además de violentar “lo establecido en el Art. 99, inc. 3 de la Constitución Nacional”.

Afirman que los antecedentes utilizados para dictar el decreto “son falsos”, ya que “se recurre a supuestas diferentes medidas adoptadas” que habrían “modificado el esquema de distribución de los recursos fiscales en beneficio de las provincias”.

En dinero

Cabe recordar que el Fondo Soja representaba el 30% de los montos recaudados en concepto de derechos de exportación de las exportaciones de granos de soja y el 27 % de harinas y aceites de soja, que se giraba a las provincias según los índices de la Coparticipación. Y en Santa Cruz, el 30% de ese percibido se coparticipaba, a su vez, a los municipios.

Días previos a la presentación, el ministro de Economía santacruceño, Ignacio Perincioli, estimaba la pérdida económica en unos $ 500 millones para este 2019. (Fuente: ASN-LOZN)

Redaccion

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