AFIP: Ya rige la suspensión de ejecuciones fiscales
La resolución 4495/2019 fue publicada hoy en el Boletín Oficial. Plantea la vigencia de la suspensión de ejecuciones fiscales en Santa Cruz, mientras dure la Emergencia Comercial, es decir hasta el 31 de agosto de este año.
Como lo había hecho un año antes, la AFIP publicó la resolución que pone en vigencia la suspensión de las ejecuciones fiscales en la Provincia.
Fue un mes después, del anuncio realizado tanto a los legisladores de la oposición, como a la gobernadora Alicia Kirchner, en sendas reuniones realizadas en el mismo día por parte del director del organismo, Leandro Cuccioli.
La Resolución General 4495/2019 tendrá vigencia hasta el 31 de agosto, fecha en la que vence la ley de Emergencia Comercial qu erige en Santa Cruz. Es decir que regirá por poco más de tres meses.
“El objetivo es acompañar la emergencia económica que está vigente en la provincia de Santa Cruz” había dicho Cuccioli. La normativa establece la suspensión de la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago. También de la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas en los mismos. En tanto éstas correspondan a “los sujetos alcanzados por los beneficios previstos en la referida ley provincial”.