ARCA cambia las reglas del Impuesto a las Ganancias: 7 claves para entender cómo afectan a los trabajadores
La agencia tributaria ajustó el régimen de retención y liquidación anual para empleados en relación de dependencia. Habrá nuevos procedimientos simplificados, actualización de escalas y un umbral mayor para la declaración de bienes personales.
Nuevas reglas para anticipos y retenciones
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este miércoles una serie de modificaciones clave en el régimen de retenciones del Impuesto a las Ganancias, con impacto directo sobre trabajadores y empleadores. Las medidas buscan simplificar procesos, actualizar montos y garantizar un tratamiento más ágil de los saldos no retenidos correctamente.
La normativa se formalizó mediante las Resoluciones Generales 5683/2025 y 5685/2025, y rige con efecto inmediato para el período fiscal 2024.

1. Reducción y ajuste en los anticipos
Se reducen los anticipos a nueve pagos anuales para las empresas. Además, los porcentajes aplicables a cada anticipo bajan a 11,11% y las bases de cálculo se actualizan por Índice de Precios al Consumidor (IPC). Para 2025, se aplicará una actualización excepcional entre septiembre y diciembre de 2024.
2. Nuevo procedimiento simplificado para saldos no retenidos
Cuando el empleador no retenga el impuesto completo, el trabajador podrá pagar el saldo mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP) sin necesidad de inscribirse ni presentar declaración jurada. Es un paso clave hacia la desburocratización del sistema.
Según el tributarista Sebastián Domínguez, este cambio representa “una simplificación relevante, aunque el control de las retenciones seguirá siendo complejo para muchos empleados”.
3. Tres vías para regularizar el impuesto
La normativa establece tres alternativas:
- Inscripción obligatoria y declaración jurada: si el empleador no retuvo lo suficiente y no aplica el procedimiento simplificado.
- Inscripción voluntaria: si el trabajador desea computar deducciones no contempladas.
- Procedimiento simplificado: si el empleador calcula pero no retiene completamente el impuesto, entregando el Formulario F.1359 al trabajador.
4. Se actualiza el umbral para declarar bienes personales
ARCA fijó en $150 millones el nuevo umbral a partir del cual los trabajadores deberán presentar la declaración jurada informativa de Bienes Personales, considerando ingresos gravados, exentos y no gravados. El monto se actualizará anualmente por IPC.
5. Excepciones para quienes adhieran al REIBP
Los empleados adheridos al Régimen Especial de Ingreso sobre los Bienes Personales (REIBP) no estarán obligados a presentar la declaración informativa del impuesto hasta el período fiscal 2027. La medida se enmarca en lo dispuesto por el artículo 58 de la Ley 27.743.
6. Cambios en la obligación del Formulario 1359
El empleador deberá presentar el Formulario 1359 si:
- Las rentas brutas superan el umbral de deducciones previsto por la ley.
- No se practicó la retención total del gravamen.
Esto modifica el esquema anterior, donde no había obligación de presentación si las retenciones eran correctas y no se alcanzaban ciertos niveles patrimoniales.
7. Plazo corto para la liquidación del período fiscal 2024
La liquidación anual del período 2024 deberá presentarse antes del 9 de mayo de 2025, y el saldo se descontará del primer pago posterior al 30 de abril. Para Domínguez, “el plazo es demasiado corto, considerando feriados y la falta de preparación en muchas empresas. Lo ideal sería extenderlo hasta el 16 de mayo”.
Entrada en vigencia inmediata
Las resoluciones entran en vigencia este 30 de abril de 2025 y se aplican de forma retroactiva al ejercicio fiscal 2024. El nuevo régimen promete mayor agilidad, pero exige atención para evitar errores o incumplimientos por parte de empleadores y empleados.
Fuente: Infobae