La Justicia ratificó el cobro de aportes previsionales y la Caja de Santa Cruz asegura que solo se cumple una ley vigente desde 1985
Tras el fallo del Tribunal Superior, la Caja de Previsión Social destacó que la decisión fortalece el sistema jubilatorio provincial. Paola Carrillo afirmó que los municipios deben transferir los aportes retenidos a los trabajadores y remarcó que se trata de una obligación establecida por ley desde hace más de cuatro décadas.
La Caja de Previsión Social (CPS) de Santa Cruz celebró la resolución del Tribunal Superior de Justicia que dejó sin efecto la medida cautelar que impedía el cobro de aportes previsionales sobre los fondos de coparticipación municipal. Para el organismo, la decisión representa un respaldo a la legislación vigente y un paso clave para garantizar la sustentabilidad del sistema jubilatorio provincial.
La vocal de la CPS, Paola Carrillo, sostuvo que el fallo no incorpora nuevas obligaciones, sino que ratifica el cumplimiento de una normativa que rige desde 1985.
“Es un gran logro porque es una forma de empezar a cumplir una legislación que está vigente desde 1985. Lo que corresponde es cumplir con el artículo 22 de la ley”, afirmó la funcionaria.
Una ley que obliga a municipios a transferir los aportes
Desde la Caja explicaron que todos los municipios integran el sistema previsional provincial y, al igual que el resto de los organismos públicos, deben transferir tanto los aportes personales como las contribuciones patronales descontadas a sus trabajadores.
En ese sentido, Carrillo remarcó que la normativa es de cumplimiento obligatorio y sostuvo que ninguna administración puede quedar al margen de las obligaciones establecidas por la legislación provincial.
El impacto económico sobre la Caja de Previsión Social
La CPS advirtió que el ingreso de esos recursos resulta esencial para sostener el pago mensual de jubilaciones y pensiones. Cuando los municipios no realizan las transferencias correspondientes, el déficit debe ser cubierto por el Tesoro Provincial.
Según explicó la vocal del organismo, esa situación obliga a destinar recursos provinciales para afrontar compromisos previsionales, limitando la disponibilidad de fondos para áreas como salud, educación e infraestructura.

La cautelar había sido presentada por el Municipio de Río Gallegos
Carrillo precisó que la medida cautelar revocada había sido promovida exclusivamente por la Municipalidad de Río Gallegos, luego de que la Caja retomara el reclamo por las deudas previsionales que mantienen distintos municipios.
De acuerdo con la funcionaria, desde hace aproximadamente un año y medio el organismo comenzó a intimar mensualmente a las administraciones municipales para regularizar la transferencia de los aportes retenidos.
Aportes descontados que deben llegar a la Caja
La funcionaria recordó que los descuentos previsionales figuran todos los meses en los recibos de sueldo de los trabajadores municipales, por lo que esos fondos deben ser girados a la Caja conforme lo establece la Ley Provincial N.º 1782.
Asimismo, señaló que el incumplimiento no es un problema reciente sino una situación que afecta al organismo desde hace más de dos décadas.
Un fallo que apunta a garantizar la sustentabilidad previsional
Desde la Caja consideran que la resolución judicial marca el inicio de una etapa de mayor cumplimiento de las obligaciones previsionales por parte de los municipios.
Para Carrillo, la decisión fortalece el financiamiento del sistema jubilatorio provincial y garantiza que los aportes realizados por los trabajadores lleguen efectivamente al organismo encargado de pagar jubilaciones y pensiones, reforzando así la sustentabilidad financiera del régimen previsional santacruceño.
