Minería

Importación de maquinaria minera: el Gobierno simplificó trámites y prepara un nuevo esquema digital

La Resolución 73/2026 reemplaza autorizaciones previas por declaraciones juradas digitales y permite incorporar equipos usados y reacondicionados al régimen de inversiones mineras.

El Gobierno nacional avanzó con una simplificación de los trámites para importar maquinaria minera mediante la Resolución 73/2026 de la Secretaría de Minería. El nuevo esquema reemplaza parte del circuito de autorizaciones y certificados previos por declaraciones juradas digitales, con el objetivo de reducir tiempos y costos para las empresas alcanzadas por el régimen de inversiones mineras.

La medida facilita la importación de bienes de capital, equipos especiales, repuestos, accesorios e insumos comprendidos en el artículo 21 de la Ley de Inversiones Mineras. El beneficio no constituye una apertura general para cualquier comprador, sino que alcanza a quienes operan bajo ese régimen.

Un nuevo procedimiento digital

La principal modificación consiste en reemplazar el antiguo circuito de solicitudes y certificados por una declaración jurada sobre el destino minero de los bienes.

La información deberá tramitarse mediante la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y validarse en el Sistema Informático Malvina, utilizado por la Aduana.

El cambio apunta a trasladar parte del control desde la autorización previa hacia la trazabilidad y fiscalización posterior.

Para las compañías, la reducción de pasos administrativos puede tener un impacto directo en los costos y plazos de incorporación de equipos, especialmente en proyectos de gran escala donde la demora de una maquinaria puede afectar los cronogramas de construcción o producción.

El régimen mantiene además la exención de derechos de importación y de la tasa de estadística para los bienes alcanzados. El beneficio no comprende el IVA ni las tasas correspondientes a servicios efectivamente prestados.

La simplificación todavía no está operativa

Aunque la resolución ya fue presentada, el nuevo procedimiento todavía requiere adecuaciones técnicas antes de comenzar a funcionar plenamente.

La propia norma establece que el esquema se aplicará una vez que se adapte la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) y que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dicte las disposiciones complementarias necesarias para integrar las declaraciones juradas con el Sistema Malvina.

Por ese motivo, el cambio normativo todavía no se traduce de manera inmediata en una modificación del trámite para las empresas.

Los expedientes iniciados bajo el régimen anterior continuarán tramitándose de acuerdo con las reglas vigentes al momento de su presentación.

Equipos nuevos, usados y reacondicionados

La nueva regulación incorpora expresamente tres categorías de maquinaria: equipos nuevos, usados y reacondicionados.

Los equipos usados y reacondicionados deberán acreditar su aptitud para el trabajo minero mediante una certificación técnica idónea. En el caso de los reacondicionados, se trata de bienes que fueron utilizados previamente y sometidos a procesos documentados de restauración, reconstrucción o remanufactura.

En cambio, las partes, componentes, repuestos e insumos deberán ser nuevos, salvo que exista una autorización expresa para exceptuarlos de esa condición.

La declaración jurada deberá incluir información sobre el destino minero, las mercaderías involucradas y sus respectivas posiciones arancelarias.

Control y fiscalización posterior

La eliminación de las autorizaciones previas no implica que desaparezcan los controles sobre los bienes importados.

Los equipos continuarán sujetos a mecanismos de comprobación y fiscalización. Si son desafectados, trasladados o transferidos sin cumplir con las condiciones establecidas, podrán generarse obligaciones tributarias y sanciones.

El esquema permite determinados movimientos entre proyectos pertenecientes a una misma empresa y transferencias a terceros inscriptos, aunque se mantiene la responsabilidad respecto del uso minero declarado.

El Decreto 482/2026, que antecedió a la resolución, estableció además un plazo máximo de cinco días hábiles para que la autoridad minera remita la documentación a la Aduana mediante VUCEA.

La puesta en funcionamiento del sistema digital será, por lo tanto, una de las primeras pruebas para determinar si la reducción de tiempos anunciada se concreta efectivamente.

El impacto sobre los proveedores nacionales

La medida puede generar efectos diferentes dentro de la cadena minera.

Para las empresas mineras, la posibilidad de acceder con mayor rapidez a maquinaria importada puede facilitar inversiones y ampliar las alternativas disponibles cuando el mercado argentino no cuenta con determinados equipos, tecnologías o escalas de producción.

Para los fabricantes, distribuidores y talleres nacionales, en cambio, la incorporación más sencilla de maquinaria usada o reacondicionada del exterior puede incrementar la competencia en términos de precios, disponibilidad y financiamiento.

El debate excede así la cuestión administrativa. La desburocratización puede contribuir a mejorar la competitividad de la minería, pero no garantiza por sí misma el crecimiento de los proveedores locales.

Para que ambos objetivos sean compatibles, el nuevo esquema deberá complementarse con condiciones que permitan desarrollar la industria nacional de proveedores mineros, como acceso al crédito, capacitación, certificaciones y reglas previsibles de participación.

Qué cambia con la Resolución 73/2026

El nuevo régimen establece un sistema con menos autorizaciones previas y mayor utilización de herramientas digitales, pero mantiene los controles sobre el destino de los bienes.

La modificación central es el reemplazo del trámite administrativo previo por una declaración jurada digital, cuya información será integrada a los sistemas de comercio exterior y Aduana.

Sin embargo, la simplificación todavía depende de la adecuación de TAD y de la normativa complementaria de ARCA. Hasta que esas condiciones se cumplan, el cambio está vigente como marco normativo, pero todavía no funciona plenamente en la operatoria cotidiana de las empresas.

Fuente: Minería & Desarrollo

Redaccion

Al Sur Noticias

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