Política

Fuerte cuestionamiento jurídico al archivo del juicio político contra Reneé Fernández

Un dictamen de la asesoría letrada de la Legislatura advierte que la Sala Acusadora no podía archivar el expediente y que el procedimiento adoptado sienta un precedente peligroso. La Constitución fija plazos para dictaminar, pero no para remitir el caso.

El juicio político contra la vocal del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz, Reneé Fernández, fue archivado por la Sala Acusadora de la Legislatura en menos de 48 horas, lo que generó fuertes cuestionamientos desde el ámbito jurídico. Según un dictamen de la asesoría letrada de la Cámara de Diputados, la decisión fue “improcedente” y se apartó del procedimiento que establece la Constitución Provincial.

El escrito sostiene que ni la Constitución de Santa Cruz ni la Ley N.º 13 fijan un plazo para que la Presidencia de la Legislatura remita las actuaciones a las Salas correspondientes. En cambio, el artículo 139 constitucional establece que, una vez notificada, la Sala Acusadora tiene 40 días hábiles para analizar el caso y decidir si acepta o rechaza la acusación.

“No hay margen para archivar”

La crítica central del dictamen es que la Sala Acusadora solo tiene dos alternativas legales: aceptar o rechazar la acusación. El archivo como tercera vía no está contemplado en el texto constitucional ni en ninguna norma vigente. Según el análisis jurídico, lo ocurrido vulnera los principios republicanos de control institucional y sienta un mal precedente.

“La ley no permite que la Sala Acusadora archive el expediente sin tratar los cargos sustanciales. Hacerlo por motivos administrativos o plazos inexistentes implica una interpretación restrictiva sin sustento legal”, expresa el documento.

Un caso con implicancias éticas

El expediente contra Fernández se originó tras una denuncia del exjuez Diego Lerena, destituido por liberar a Miguel Núñez, condenado por abigeato. Aunque Fernández se había excusado de intervenir en el juicio de Núñez por un vínculo de parentesco, sí participó en el tribunal que juzgó y destituyó a Lerena, lo cual generó dudas sobre su imparcialidad.

El caso se formalizó en marzo de 2025, pero recién el 25 de junio la Presidencia de la Cámara notificó a la Sala Acusadora. Según el dictamen, el plazo de 40 días hábiles comenzaba a contar desde esa fecha, y no se había vencido al momento del archivo.

Decisión exprés, sin debate

En una sesión secreta, la Sala —presidida por el diputado Boffi y conformada por legisladores de distintos bloques— decidió archivar el expediente sin tratamiento sustantivo. Según fuentes legislativas, siete diputados votaron por el archivo, hubo dos abstenciones y un ausente con aviso.

El dictamen ya fue enviado a la Sala Acusadora. Aunque no es vinculante, advierte que el accionar podría haber sido producto de un desconocimiento del procedimiento o de una maniobra intencional para evitar el análisis político-jurídico del caso.

Fuente: Winfo

Redaccion

Al Sur Noticias

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