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Fondo de indemnizaciones: el requisito que dejó a las provincias casi afuera y favorece a la deuda nacional

La reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) estableció en qué activos podrán invertirse los aportes de las empresas. Aunque la norma habilita títulos provinciales, exige una calificación de riesgo AAA que ninguna provincia argentina posee, por lo que la deuda nacional queda como la principal alternativa para captar esos recursos.

El Ministerio de Economía avanzó con la reglamentación del esquema de inversiones del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado para respaldar el pago de futuras indemnizaciones laborales. La Resolución 1276 definió los instrumentos financieros habilitados y fijó condiciones de liquidez, diversificación y concentración para las administradoras.

Los recursos podrán colocarse en cuatro grandes categorías: títulos de deuda del Estado nacional, bonos emitidos por las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, depósitos en entidades bancarias autorizadas y obligaciones negociables de empresas privadas.

El punto que generó malestar entre los gobiernos provinciales aparece en los requisitos establecidos para la deuda subnacional.

La exigencia de calificación AAA que complica a las provincias

Para que los bonos provinciales puedan integrar las carteras de los FAL, la normativa exige que cuenten con una calificación de riesgo AAA en escala nacional, otorgada por al menos dos calificadoras registradas ante la Comisión Nacional de Valores (CNV).

La condición resulta determinante porque, según el relevamiento citado por Infobae, ninguna provincia argentina alcanza actualmente ese nivel de calificación. La excepción es la Ciudad de Buenos Aires, que obtuvo una calificación AAA como emisor, tanto en pesos como en dólares, según Moody’s.

Así, aunque la reglamentación menciona expresamente a los títulos provinciales entre los instrumentos permitidos, el requisito crediticio reduce prácticamente a cero la posibilidad de que las provincias accedan a esos fondos.

Los bonos del Tesoro quedaron sin un límite equivalente

La diferencia más relevante aparece al comparar las condiciones aplicadas a la deuda provincial con las establecidas para los títulos nacionales.

Los FAL podrán invertir en deuda del Tesoro sin un tope de colocación y sin una exigencia de calificación crediticia equivalente. En consecuencia, el diseño regulatorio permite que una administradora concentre la totalidad de una cartera en títulos nacionales, siempre dentro de las restantes condiciones operativas previstas por la normativa.

Desde la perspectiva de los gobiernos provinciales, esta asimetría convierte a la deuda nacional en la alternativa con mayor capacidad para absorber los recursos que ingresen al sistema.

El debate, por lo tanto, no pasa únicamente por qué activos están formalmente autorizados, sino por qué instrumentos pueden acceder efectivamente al dinero de los FAL bajo las condiciones fijadas por Economía.

Qué ocurre con las inversiones en empresas privadas

Las obligaciones negociables de compañías privadas también fueron incluidas entre las alternativas disponibles, aunque con límites específicos.

La normativa establece restricciones de concentración: los FAL no podrán destinar más del 20 % de su cartera a deuda corporativa y tendrán un límite del 10 % por empresa emisora. Además, las compañías deberán cumplir con los requisitos de calificación establecidos por la regulación.

De esta manera, el universo de empresas capaces de captar esos recursos queda concentrado principalmente en grandes compañías y entidades financieras con una elevada calidad crediticia.

El objetivo oficial: preservar el patrimonio y garantizar liquidez

Economía justificó el esquema con criterios de seguridad, liquidez, diversificación y preservación del capital. La intención es que los recursos acumulados para afrontar indemnizaciones futuras permanezcan disponibles cuando sean necesarios.

El marco también contempla un nivel mínimo de liquidez para atender eventuales prestaciones, mientras que la supervisión del funcionamiento del sistema queda vinculada a la CNV.

Sin embargo, el criterio elegido para determinar qué deuda puede integrar las carteras generó una lectura política adicional: las provincias aparecen habilitadas en el papel, pero prácticamente excluidas en la práctica, mientras que el Tesoro nacional no enfrenta una restricción comparable.

Una disputa que excede al mercado financiero

La reglamentación del FAL introduce así un nuevo punto de tensión entre la Nación y las provincias. Los gobernadores buscaban que sus títulos pudieran participar de un mecanismo que administrará un volumen creciente de recursos empresariales, pero la exigencia de una calificación AAA limita severamente esa posibilidad.

El resultado es un esquema en el que la deuda nacional parte con una ventaja regulatoria significativa: puede recibir recursos sin un límite específico de cartera, mientras que la deuda provincial queda condicionada a una calificación que actualmente ninguna provincia alcanza.

La discusión sobre el Fondo de Asistencia Laboral, por lo tanto, ya no se limita al funcionamiento del nuevo sistema de indemnizaciones. También abre un debate sobre cómo se distribuirá entre Nación, provincias, bancos y empresas privadas el flujo de dinero que comenzarán a administrar los FAL.

Redaccion

Al Sur Noticias

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