Energía

Nación flexibiliza el mercado eléctrico y las industrias podrán negociar contratos de energía

La Resolución 293/2026 modifica el acceso al Mercado Eléctrico Mayorista y amplía gradualmente las opciones de contratación directa entre generadores y grandes consumidores, con cambios previstos hasta 2029.

El Gobierno nacional modificó las reglas del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) para facilitar el ingreso de grandes consumidores y ampliar las posibilidades de negociación entre generadores y empresas. Los cambios quedaron establecidos en la Resolución 293/2026, publicada el 21 de octubre en el Boletín Oficial, y comenzarán a implementarse en diciembre.

La medida forma parte del proceso de normalización del sector iniciado con la Resolución 400/2025 y apunta a simplificar los procedimientos de acceso al mercado, ampliar la competencia y otorgar mayor flexibilidad a los grandes usuarios para gestionar sus contratos de abastecimiento.

Para Río Negro, donde avanzan inversiones energéticas e industriales vinculadas con Vaca Muerta y la infraestructura exportadora, la reforma abre nuevas alternativas para administrar uno de los principales costos de producción.

Las empresas podrán incorporarse con mayor frecuencia

Uno de los cambios centrales es la modificación del procedimiento para ingresar al mercado mayorista como Grandes Usuarios Mayores (GUMA) o Grandes Usuarios Menores (GUME).

El esquema anterior contemplaba ventanas trimestrales para tramitar incorporaciones. Con la nueva normativa, el procedimiento pasará a ser mensual, lo que permitirá reducir los tiempos administrativos y ofrecer más oportunidades para que las empresas habilitadas accedan al mercado.

La implementación comenzará el 1 de diciembre de 2026, con trámites de incorporación correspondientes a enero de 2027. La resolución también contempla cambios entre las categorías GUMA y GUME, sujetos a los requisitos técnicos y los períodos mínimos de permanencia previstos.

La modificación no habilita automáticamente a cualquier comercio o industria a comprar electricidad de manera directa a un generador. Para ingresar al MEM, cada usuario deberá cumplir con las condiciones de potencia, contratación, medición y demás exigencias regulatorias correspondientes.

Más libertad para negociar precios y contratos de energía

La reforma también introduce cambios en el Mercado a Término, que permite a generadores y grandes consumidores acordar bilateralmente las condiciones de suministro eléctrico, incluidos los precios, los volúmenes de energía y los plazos contractuales.

Hasta ahora, determinadas centrales térmicas e hidroeléctricas existentes tenían restricciones sobre la proporción de su producción que podían comprometer mediante contratos con grandes usuarios.

La Resolución 293/2026 establece una eliminación gradual de esos límites, con el objetivo de ampliar la oferta disponible para acuerdos comerciales y promover una mayor competencia entre los participantes del mercado.

El cronograma previsto contempla los siguientes porcentajes máximos de contratación para la generación alcanzada por la medida:

PeríodoPorcentaje máximo habilitado
Hasta marzo de 202720%
Desde abril de 202760%
Desde abril de 202880%
Desde enero de 2029100%

La eliminación del límite específico desde enero de 2029 no obliga a los generadores a contratar toda su producción: amplía la proporción que pueden comprometer bajo este mecanismo.

Qué oportunidades abre para las industrias de Río Negro

La modificación regulatoria llega en un contexto de expansión de las actividades energéticas e industriales en Río Negro, impulsadas por proyectos vinculados con Vaca Muerta, la infraestructura exportadora y los servicios hidrocarburíferos.

Para las empresas que consumen grandes cantidades de electricidad, la posibilidad de negociar directamente con generadores puede facilitar la planificación de los costos energéticos y la búsqueda de contratos adaptados a sus necesidades productivas.

Las nuevas condiciones podrían resultar relevantes para establecimientos industriales del Alto Valle, compañías proveedoras del sector hidrocarburífero y futuros proyectos que requieran un suministro eléctrico de gran escala.

Sin embargo, una mayor libertad contractual no garantiza una reducción automática de las tarifas. El resultado dependerá de los precios ofrecidos por los generadores, el volumen de energía requerido, los plazos acordados, los cargos de transporte y distribución y las condiciones particulares de cada contrato.

Además, la capacidad de las redes eléctricas para abastecer nuevas demandas continuará siendo un factor determinante. La flexibilización comercial amplía las herramientas disponibles, pero no sustituye las inversiones necesarias en infraestructura para garantizar el suministro.

Cambios en los costos de generación eléctrica

La resolución también modifica las reglas vinculadas con los Costos Variables de Producción (CVP), utilizados para determinar el despacho de las centrales eléctricas.

El nuevo esquema amplía progresivamente las posibilidades de que determinados generadores que gestionan sus propios combustibles declaren costos inferiores a los valores de referencia establecidos, dentro de las condiciones previstas por la normativa.

El objetivo es promover una mayor competencia entre centrales y modificar algunos de los criterios que intervienen en el despacho eléctrico, manteniendo mecanismos de referencia y control.

La implementación estará a cargo de CAMMESA, responsable de realizar las adecuaciones técnicas, comerciales y administrativas necesarias para poner en funcionamiento los nuevos procedimientos.

Con estos cambios, el Gobierno busca avanzar hacia un mercado con más alternativas de contratación para los grandes usuarios y nuevas condiciones de competencia para los generadores. Los efectos concretos sobre los costos industriales dependerán de cómo evolucione la oferta y de los acuerdos que logren cerrar las empresas.

Redaccion

Al Sur Noticias

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