Política

Inocencia fiscal: proponen reducir hasta 80% las multas de ARCA para pymes y sumar un plazo de gracia

Un proyecto busca modificar la Ley de Procedimiento Tributario para que las sanciones por incumplimientos formales se ajusten al tamaño del contribuyente y puedan subsanarse antes de ser aplicadas.

Las multas previstas en la Ley 11.683 de Procedimiento Tributario volvieron al centro del debate tributario luego de la actualización de sus valores. La propuesta busca incorporar un Régimen de Proporcionalidad, Incentivo y Subsanación Formal, con especial impacto sobre micro, pequeñas y medianas empresas, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro.

El proyecto fue presentado ante el Ministerio de Economía durante las reuniones mantenidas por el ministro Luis Caputo con especialistas y también fue acercado a cámaras empresariales y entidades profesionales.

La iniciativa parte de un planteo concreto: que un incumplimiento formal sin perjuicio fiscal no debería generar una sanción desproporcionada respecto de la capacidad contributiva del contribuyente ni convertirse en un obstáculo para la formalización.


El problema de las multas acumulativas

La propuesta pone el foco principalmente en los artículos 38 y 39 de la Ley 11.683, que establecen sanciones por la falta de presentación en término de determinadas declaraciones juradas y obligaciones informativas.

El problema, según los impulsores de la reforma, no está únicamente en el valor individual de las multas, sino en la cantidad de obligaciones que un mismo contribuyente debe cumplir durante el año.

Un comercio pequeño puede llegar a presentar 38 declaraciones juradas anuales ante ARCA, mientras que un médico con un empleado puede alcanzar las 62. En el caso de una microempresa que además actúa como importadora, el número puede llegar a 77 presentaciones. Si utiliza dos controladores fiscales, se pueden sumar otras 12 obligaciones por equipo.

El cálculo tampoco contempla otros regímenes vinculados con la actividad, Ingresos Brutos, obligaciones municipales y requerimientos de otros organismos.

Así, un contribuyente puede acumular decenas de incumplimientos formales durante un mismo año sin haber dejado de pagar un solo peso de impuestos.

La digitalización también incrementó la cantidad de información que debe presentarse. Datos que anteriormente se informaban de manera consolidada ahora requieren declaraciones detalladas, multiplicando los actos formales sujetos a cumplimiento.


Una escala de multas según el tamaño

El proyecto propone que las sanciones tengan una reducción automática según la categoría del contribuyente al momento de producirse la infracción.

La escala planteada establece:

  • Microempresas, personas humanas, sucesiones indivisas no grandes contribuyentes y entidades sin fines de lucro: 80% de reducción.
  • Pequeñas empresas: 60%.
  • Medianas Tramo I: 40%.
  • Medianas Tramo II: 20%.

La intención es introducir un criterio de proporcionalidad que actualmente, según los impulsores de la iniciativa, no se refleja suficientemente en el régimen sancionatorio.

El proyecto sostiene que una demora de apenas minutos en una declaración jurada puede generar actualmente una multa significativa independientemente de la dimensión económica del contribuyente o de que la presentación haya determinado o no un impuesto a pagar.


Un plazo de gracia antes de aplicar la multa

El segundo eje de la iniciativa modifica el procedimiento previo a la sanción.

Antes de iniciar un sumario o aplicar una multa automática, ARCA debería notificar fehacientemente al contribuyente la omisión detectada y otorgarle un plazo para regularizarla.

El período propuesto varía según el tamaño del contribuyente:

  • Microempresas y personas humanas: 90 días corridos.
  • Pequeñas empresas: 60 días.
  • Medianas Tramo I: 45 días.
  • Medianas Tramo II: 30 días.

La lógica es pasar de un sistema predominantemente sancionatorio a uno que priorice la subsanación del incumplimiento y el cumplimiento voluntario.


Condonación para quienes regularicen

Si el contribuyente no corrige la situación durante el plazo de gracia, el organismo podrá intimarlo formalmente con la multa correspondiente, aunque ya reducida de acuerdo con su categoría.

La propuesta agrega una instancia adicional: si la declaración omitida se presenta dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación, la multa quedaría condonada automáticamente y se extinguiría la acción.

El mecanismo tendría, sin embargo, un límite. Los contribuyentes que acumulen más de seis incumplimientos de este tipo durante el mismo año calendario perderían estos beneficios para las nuevas infracciones.


El principio de inocencia fiscal

Los impulsores del proyecto vinculan la reforma con el concepto de inocencia fiscal y plantean que el sistema tributario debería diferenciar entre una conducta destinada a evadir impuestos y un incumplimiento meramente formal.

El argumento es que, cuando no existe perjuicio recaudatorio, una sanción excesiva puede terminar generando mayor conflictividad administrativa y judicial sin mejorar el nivel de cumplimiento.

En esa línea, la propuesta busca que el contribuyente tenga la posibilidad de corregir un error antes de recibir una sanción económica, especialmente cuando se trata de pequeñas unidades productivas con menor capacidad administrativa.


Buscan convertir el alivio en una garantía legal

Otro de los puntos centrales es que los cambios no queden sujetos únicamente a una decisión administrativa de ARCA.

El proyecto pretende incorporar estas reglas directamente a la Ley de Procedimiento Tributario, de manera que la proporcionalidad, los plazos de gracia y los mecanismos de condonación tengan rango legal.

En caso de aprobarse, la iniciativa también establece que ARCA deberá adaptar sus sistemas informáticos dentro de los 30 días posteriores a la promulgación.

La reforma busca, en definitiva, modificar la relación entre el fisco y los contribuyentes: menos sanción automática, mayor posibilidad de regularización y multas proporcionales al tamaño económico del infractor. Su eventual llegada al Congreso será el próximo paso para determinar si este esquema de inocencia fiscal puede convertirse en una modificación efectiva del régimen tributario argentino.

Fuente: Ámbito

Redaccion

Al Sur Noticias

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