PLAN SIGO: Concretan la baja de interinos y suplentes

Pese a lo dicho públicamente, hoy se conoció la circular 003/DGJA/19 por la cual se instruye a los rectores de las EDJAs para “reubicar a los docentes titulares” en base al nuevo plan de estudios. El punto más polémico es el 3 dónde se ordena la baja de los docentes interinos y suplentes.

Desde el lanzamiento del plan SIGO la Adosac viene advirtiendo sobre el despido encubierto de docentes que traía consigo este nuevo programa. Desde el Consejo Provincial de Educación sostuvieron que eso era una falacia y afirmaron que, por el contrario, se abrirían nuevas oportunidades laborales.

Hoy se conoció la “Circular Técnica N° 003 / DGJA /19″ fechada el 20 de febrero que, en definitiva, le da la razón a la entidad gremial. La resolución de la Dirección General de Jovenes y Adultos, está dirigida a los supervisores con el fin de “recordarles” la vigencia de la ley 14.473. En su artículo 20 la norma establece que los rectores de los colegios “reubicarán a los docentes titulares, frente al cambio del plan de estudios”.

Procedimiento

Para lo cual estableció una “guía de procedimientos administrativos” ant ela implementación del Plan SIGO.

Dicha guía de seis puntos plantea lo siguiente:

  1. Los docentes titulares deberán ser reubicados según competencia de título (Resolución CPE n° 1075). Aquel docente que no pudo ser reubicado quedara en disponibilidad. Este deberá presentar una nota a la Institución dentro de los 10 días hábiles. Indicando los Establecimientos de la localidad o de otras localidades que desee ser ubicado. (Artículo 20 y su reglamentación de la Ley 14.473.)
  2. En el caso de presentarse dos o más docentes para homologar el mismo espacio curricular. Se ofrecerá al titular mejor merituado de los listados elaborados por la Junta de Clasificación Secundaria.
  3. Los docentes interinos o suplentes de interinos, de los espacios curriculares, deberán ser dados de baja según la normativa vigente.
  4. Docentes suplentes seguirán a su titular en la ubicación de su carga horaria.
  5. En caso de no disponer con docentes reasignados o reubicados, se ofrecen las horas en acto público.
  6. Los espacios curriculares que forman parte de la nueva estructura curricular y no tengan homologación será ofrecido como creación.

Redaccion

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